TSJ anuló artículo que sancionaban a funcionarios homosexuales de la FANB

TSJ anuló artículo que sancionaban a funcionarios homosexuales de la FANB

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia anuló la disposición contenida en el único aparte del artículo 565 del Código Orgánico de Justicia Militar, que castigaba con pena de cárcel de 1 a 3 años en prisión, a los funcionarios homosexuales en la Fuerza Armada que ejecutarán «actos sexuales contra natura».

Desde 2016 organismo internacionales defensores de DDHH y activistas LGBT exigían la derogación de esta normativa. Pero no fue hasta ahora luego de una solicitud del defensor del pueblo, Alfredo Ruiz, que el TSJ tomó la decisión mediante sentencia n.º 128 del 16 de marzo de 2023.

El Tribunal consideró que el artículo no definía taxativamente a qué se refería con “actos sexuales contra natura” y que su hipotética aplicación pudiera lesionar los derechos humanos y el debido proceso.

Venezuela era uno de los pocos países latinoamericanos que aún tenía vigentes leyes que criminalizan la homosexualidad.

El pasado 14 de Febrero, activistas LGBTI protestaron frente al TSJ para exigir una respuesta definitiva al recurso que pedía la anulación de un artículo del Código de Justicia Militar, además de otros derechos en mora, como el matrimonio igualitario y el reconocimiento de la identidad de género.

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